Corte Constitucional deja en firme la Ley de Paz Total del Gobierno Petro

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*El tribunal rechazó una demanda que alegaba vicios de trámite, sin embargo, hizo ajustes y condicionamientos a la potestad del presidente para definir términos del sometimiento de los grupos armados y bandas criminales.

La Corte Constitucional dejó en firme la Ley de Paz Total del Gobierno Nacional que había sido demandada bajo el argumento de que esta iniciativa tuvo vicios de trámite en el Congreso y además avanzó en su aprobación sin tener en cuenta el concepto del Consejo Nacional de Política Criminal.

La Sala Plena del alto tribunal dejó en firme una de las leyes fundamentales del Gobierno, sin embargo, hizo ajustes y condicionamientos con respecto a la potestad del presidente Gustavo Petro para definir los términos del sometimiento de los grupos armados y bandas criminales.

“El amplio margen de discrecionalidad del presidente para superar las situaciones de violencia generadas por estas estructuras debe ejercerse de acuerdo con los términos de desmantelamiento y sometimiento a la justicia definidos por el Legislador”, indica el pronunciamiento.

Por otra parte, la Sala reconoció que la búsqueda de paz, además de ser la razón que motivó la Constitución de 1991, también es un fin legítimo y se encuadra en la facultad del Gobierno para definir rutas que permitan alcanzar este objetivo.

Otro de los puntos que condicionó la Corte es el levantamiento de las órdenes de captura, sobre lo que explicó que esa medida podrá ejecutarse una vez el Gobierno justifique las razones por las que se debe suspender esa orden en el marco de las regulaciones establecidas por la Ley.

“La Corte condicionó la exequibilidad de las expresiones en el sentido de que las órdenes de captura contra miembros de las EOACAI (estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto) solo se pueden suspender cuando el Gobierno justifique la medida, incluyendo su temporalidad y el alcance territorial necesario de la misma, y la autoridad competente de la Rama Judicial valore estos supuestos”, añadió el tribunal.

Finalmente, el alto tribunal hizo énfasis en que las medidas que se adoptan para los voceros o gestores de paz, deben ajustarse a la reglamentación que se haya establecido por parte del legislador.

Como se ha divulgado por parte dle Gobierno, La Ley 418 de Paz Total, establecerá Regiones de Paz para adelantar diálogos con actores armados ilegales que deseen acogerse a la ley. Igualmente, se contemplan zonas de ubicación temporal con presencia de todas las autoridades, aclarando que NO serán zonas de despeje de la Fuerza Pública.